La RAE actualiza las definiciones de Periodista y Periodismo

Empezamos el año con una buena noticia. La RAE (Real Academia Española) ha adaptado las definiciones de Periodista y Periodismo en su Diccionario al momento actual. Este cambio es fruto de una petición realizada en 2015 por el profesor de la Universidad de Navarra, Ramón Salaverría, que entendía que la recogida en su momento por la RAE se había quedado anticuada.

Si hoy en día buscamos en el Diccionario Digital de la RAE ambos términos encontramos las siguientes definiciones:

– Periodismo:

  1. m. Actividad profesional que consiste en la obtención, tratamiento, interpretación y difusión de informaciones a través de cualquier medio escrito, oral, visual o gráfico.
  2. m. Estudios o carrera de periodismo.

– Periodista:

  1. m. y f.Persona que se dedica al periodismo (‖ actividad profesional).

En las anteriores definiciones se hacía referencia únicamente a los profesionales que trabajaban en las redacciones de periódicos, radios o televisiones y también a un requerimiento legal necesario para ejercer la profesión.

Como vemos en las actuales, los canales de comunicación se amplían y no se limita la actividad a lugares determinados – lo que permite incluir a los periodistas que trabajan por cuenta propia (freelances) y también a los comunicadores. Se hace mención también al término “informaciones” y se destaca que estamos ante una actividad profesional.

Aunque los cambios han tardado, al menos esta definición es más cercana a una realidad que evoluciona a un ritmo vertiginoso.

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